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apuntes para tercero medio

Normas de Convivencia Social

Definición
Es una pauta de convivencia; para que la sociedad pueda existir y sus integrantes puedan interactuar en armonía y tranquilidad.
Hay normas complejas y con sanciones (transito), y otras más simples.

Características
1) Son aprendibles y mutables, casi de forma inconsciente, observando a nuestro alrededor se asimilan. (obvio)
2) Se cambian y transforman según el tiempo y la situación que se vive.
3) Pueden estar por escrito o de forma consuetudinaria, leyes y reglamentos, con mayor peso; y las habladas son aprox. 60%.
4) Deben ser válidas. Se debe creer en quién la hizo, así tiene validez.
5) Deben ser eficaz respondiendo a las necesidades reales de las personas.
6) Pueden ser obligatorias y coercitivas, porque admiten sanciones y fuerza


Sistemas Normativos

a).- Normas Sociales: costumbres y tradiciones de una comunidad, lo cotidiano, su modo de vida.

b).- Normas Religiosas: regulan el actuar y orientan la conciencia, buscan la santidad y salvación. Constituyen el nivel inicial de religiosidad.

c).- Normas Morales: exigen a la persona conductas que reflejan la vivencia de valores, proponiendo ideales de vida buena. Pautas que nos orientan a actuar según ciertos principios, que gracias a la conciencia nos reprime si fallamos. Es de forma personal, regulan el comportamiento.

d).- Normas Jurídicas: Regulan, garantizan y hacen posible la vida en un estado. Tienen carácter obligatorio, se utiliza la fuerza y las sanciones para garantizar su cumplimiento. Características:

- Son coercitivas (fuerza y sanciones)
- Son heterónomas, impuesta desde fuera (un organismo o alguien)
- Son temporales, se pueden abolir, modificar o reemplazar.


Elementos
Religiosa
Jurídica
Social
moral
Quién la Promulga
Dios
El cuerpo legislativo
La sociedad (costumbres y moda)
La persona misma
Destinatarios
Todo ser humano
Miembros de la comunidad política
Miembros de la sociedad
A cada persona
A quién se Responde
Ante Dios
Ante los tribunales
Ante la sociedad
Ante sí mismo
Sanción
Conciencia de pecado
Determinada por las leyes
Vergüenza, marginación
Remordimiento de la conciencia
Quién Obedece
Los creyentes
Los obligados por el pacto político
Los miembros de la sociedad
Todos los seres humanos
Finalidad
Santidad y salvación
Bien común (paz, orden, justicia)
Armonía, respeto y tranquilidad
Perfección, bondad


El Derecho

Definición
Conjunto de normas jurídicas que intenta dar soluciones a los conflictos que surgen de la convivencia social.

Función: además de la justicia, tiene una función pacificadora, promueve la armonía; protege a un individuo frente a una agresión o alguna injusticia de otra persona o del estado (seguridad jurídica).


Clasificación

Derecho Natural: normas jurídicas puestas en cada uno, sin que nadie las halla impuesto; están en nuestra naturaleza.

Derecho Positivo: conjunto de normas jurídicas creadas o dictadas por la sociedad. (constitución, códigos)
- Derecho Internacional Público: normas y principios que determinan los derechos y deberes del estado para con las personas y otros países.
- Derecho Internacional Privado: normas emanadas de la comunidad internacional que dan solución a conflictos generados cuando las relaciones jurídicas privadas se internacionalizan (que ley aplicar).
- Derecho Nacional Público: interno de cada país; normas jurídicas que rigen y regulan al estado en su accionar ante las personas y organismos
- Derecho Nacional Privado: normas que regulan las relaciones de los particulares entre si y del estado con éstas.


La Legislación

Derecho que emana del poder público que regula la conducta (congreso).

Constitución Política
Es la ley fundamental del la organización y funcionamiento del estado y las libertades públicas. La más importante de las leyes, porque es el cimiento sobre el cual las demás leyes descansan. Creada por el poder constituyente ordinario.

Establece
- Forma de estado y tipo de gobierno (federal)
- Distribución del poder estatal (a quien se le asigna)
- Derechos esenciales y garantías (promueve)
- Reformas constitucionales (procedimiento y límites)

Principio de Supremacía Constitucional (por sobre las otras normas)
1. Las otras normas no pueden oponerse a las constitucionales.
2. Las otras normas (de las fuentes formales) deben elaborarse de acuerdo al procedimiento que la constitución establece.
3. La constitución fija los procedimientos para su reforma.


Puntos dentro de la Constitución
- Tratados Internacionales: acuerdos entre estados o organizaciones inter. de carácter obligatorio pasan a ingresar a la const.
- La Ley: norma jurídica de carácter general y permanente (legislativo).
- Decretos con Fuerza de Ley: poseen el mismo valor de una ley pero solo son dictados por el presidente. Crean o modifican normas.
- Decretos Leyes: normas que regulan materias propias de una ley y son dictadas por los gobiernos de facto (sin poder legislativo, reg. autoritario)
- Reglamentos Autónomos: normas de carácter general y permanente que dicta el presidente en materias no propias a la ley.
- Reglamentos, Decretos e Instrucciones: el poder ejecutivo puede dictar los reglamentos, decretos e instrucciones que ponen en ejecución las leyes.

Costumbre Jurídica

Jurisprudencia de los Tribunales

Doctrina Jurídica

Principios Generales del Derecho y Equidad Natural.

Acto Jurídico



Autor: Anónimo

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