La nacionalidad

La relación legal entre una persona y el territorio que habita o en el que ha nacido, se llama nacionalidad.

Origen sociológico de la nacionalidad

Las sociedades primitivas, hace miles de años, se fueron diferenciando paulatinamente, y demarcando a su vez los territorios que habitaban. De esta manera el Clan A ya no fue lo mismo que el Clan B y C, y entre ellos se disputaban los mejores territiorios para recolectar o cazar. Cada Clan se sentía diferente al otro, y generalmente superior al otro.

Definición de nacionalidad

Por definición la nacionalidad es el vínculo jurídico que une a la persona con el Estado. Por una parte es un derecho, garantizado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y por otra es una condición legal en que se identifica a una persona en algún lugar del mundo.

Deberes y Derechos de la nacionalidad

La nacionalidad establece una vinculación de obligaciones mutuas entre el Estado y la persona. Así el Estado deberá dar protección a la persona, entendiéndose esto como el poder acceder a vivir en el territorio, ser partícipe político, recibir los beneficios que el Estado entrega en la medida de lo posible, por ejemplo salud, trabajo, vivienda y educación. La persona deberá cumplir con las leyes del Estado, incluyendo las cargas públicas, entendidas estas como las tributaciones, servicio militar o cualquiera que su Estado haya legislado.

Fuentes de la nacionalidad

La manera de obtener la nacionalidad varía de país en país, pero básicamente se observan cuatro vías:

Por derecho de suelo

Las personas que nacen dentro del territorio reciben la nacionalidad del mismo. Existen algunos países que hacen excepciones, como el caso de Chile en los hijos de extranjeros transeúntes sólo serán chilenos si lo solicitan especialmente al cumplir la mayoría de edad.

Por derecho de sangre

Las personas que nacen fuera del territorio en que nacieron sus padres también podrán tener la nacionalidad de éstos. Algunos países lo consideran válido de inmediato. En el caso de Chile se necesita que ese hijo o hija de chileno o chilenas resida por al menos un año en territorio chileno.

Por solicitud de carta de nacionalización

La mayoría de los países del mundo permite a los extranjeros residentes convertirse en nacional del territorio que habita. Para ello deben solicitar la Carta de Nacionaización en base a los requisitos específicos de cada país. Se pide normalmente la renuncia a la nacionalidad anterior.

Por otorgamiento de Carta de Nacionalización por Gracia

En algunos países se premia a los extranjeros residentes que han hecho grandes realizaciones en el país que los acoge. El otorgamiento de esta nacionalización no necesita de renuncia a la anterior.

Casos especiales de nacionalidad

Dobles, triples y más nacionalidades

Eventualmente una misma persona puede acumular varias nacionalidades. Eso se debe a la superposición de los derechos por Jus Sanguinis y Jus Solis, en que pasa a ser una nacionalidad múltiple «de hecho»; y por la no necesidad de renunciar a la nacionalidad anterior (como en el pacto entre Chile y España) y cuando se otorga la nacionalización por gracia. En estos casos la doble nacionalidad es «en derecho».

Apátridas

Las personas apátridas no poseen nacionalidad. Puede darse en muy especiales circunstancias, cada vez menos probables. Una de ellas es la pérdida de la nacionalidad por decisiones administrativas de un determinado gobierno, sobre todo dictaduras. Otra es la renuncia a la nacionalidad propia sin adoptar otra.

Ejercicio de la Ciudadanía

El derecho a participar en las vida política de un país es uno de los que otorga la nacionalidad. Siempre está restringido a un tema de mayoría de edad (en Chile 18 años), el no estar condenado en la cárcel, no estar declarado interdicto, etc. Algunos países la limitan a la población masculina, y en muchas circunstancias se limita a solo algunas fuentes de la nacionalidad, sobre todo respecto de la elección de Presidente, que en la mayoría de los países está restringida a los nacionales que la han obtenido por Carta. (En Chile hasta el 2005 era requisito ser nacional chileno por Jus Solis, exclusivamente).