Las regulaciones del trabajo indígena

Conoce las normas que protegían al trabajador indígena en tiempos de la colonia,  y lo que ocurrió en la práctica con esas regulaciones.

Una buena intención

Cuando sacerdotes, tales como Bartolomé de las Casas, denunciaron el maltrato a los indígenas muy pronto la Corona española dictó leyes para protegerlos.  De este modo en 1512 el rey Fernando II hizo con sus asesores las Leyes de Burgos, las cuales aunque bien intencionadas en la práctica de poco sirvieron para proteger a los indígenas. En estas normas legales se estableció que los nativos eran libres, pero, súbditos del rey, pues éste tiene a su vez la obligación de evangelizarlos. Los representantes del rey en América eran todos los españoles, y a estos les correspondía el convertirlos a la fe católica. Los indígenas podían ser obligados a trabajar, pero en labores no pesadas, y se les podía pagar en especies y no en dinero. De la obligación de trabajar quedaban excluidas las mujeres con más de cuatro meses de embarazo. Los indígenas eran repartidos entre los españoles para que estos le asignaran diferentes trabajos. Esta repartición era temporal, luego se les dejaba libres para que trabajaran para ellos mismos y juntaran lo suficiente como para pagar tributos al rey y a la Iglesia. De acuerdo a la ley los indígenas que se negasen a trabajar podían ser castigados por un «visitador», funcionario que recorria el reino para hacer cumplir las normativas. Sin embargo, sí había castigos propinados por cualquier español a los indígenas, y el trabajo llegaba a tener agotadoras jornadas desde el amanecer al anochecer.

La tasa de Santillán.

Como una forma de limitar el trabajo indígena se establecieron leyes llamadas «tasas» (por el verbo «tasar» o «medir»), en las cuales claramente se prohibía la explotación del trabajador indígena. La Tasa de Santillan fue dictada en 1559; en ella por primera vez en la historia se limitó el número de horas por día dedicadas al trabajo, estableciéndose el máximo de ocho. Las fiestas religiosas debían ser respetadas por todos, así que ni domingos ni feriados se podía trabajar. Se limitó la edad para trabajar en yacimientos mineros a mínimo 18 y máximo 50. Y quedó prohibido que los humanos fueran usados para transportar grandes pesos (como se hacía con burros, mulas y caballos). Otras «tasas» posteriormente mejorarán aún más estos derechos.

La tasa de Gamboa.

Entre lo destacable de esta «tasa» dictada en 1580 está el fin del trabajo personal (que se parecía al de la esclavitud), debiendo pagarse siempre, ya sea en dinero o en especies. Y para hacer cumplir la ley se estableció que los corregidores (funcionarios de la Corona española) deberán hacer que estan normas no sean letra muerte.

La tasa de Esquilache.

En 1622 con esta «tasa»quedó por escrito que la esclavitud indígena, así como su  préstamo entre españoles, estaba prohibida.

La tasa de Lazo de la Vega

En 1635 se establecieron normas respecto del pago de tributos de los indígenas. Si no podía pagar sus tributos tenía la alternativa de hacerlo a través de ofrecer su trabajo a cambio. Si el nativo pagaba su tributo, podía ofrecer libremente su trabajo a quien lo necesitase.

Todas estas «tasas» fueron pasadas a llevar reiteradamente por la mayoría de los españoles y sus descendientes, los criollos.  La frase  «se acata pero no se cumple» se convirtió en un modelo a seguir por generaciones durante la colonia. El rey vivía en Europa, muy lejos de poder controlar con eficiencia el respeto a los indígenas, a pesar de sus buenas intenciones.